Derecho a que se le informe sobre los hechos que se le imputan.

"A que se le informe, tanto en el momento de su detención como en su comparecencia
ante el Ministerio Público o el juez, los hechos que se le imputan y los derechos que le
asisten. Tratándose de delincuencia organizada, la autoridad judicial podrá autorizar que
se mantenga en reserva el nombre y datos del acusador.
La ley establecerá beneficios a favor del inculpado, procesado o sentenciado que preste
ayuda eficaz para la investigación y persecución de delitos en materia de delincuencia
organizada"
El derecho a conocer los hechos que se le imputan está consagrado en el Artículo 113 Fracción fracción V del Código Nacional de Procedimientos Penales, y Constitucionalmente por el Artrículo 20 fracción B inciso III.

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